Calendario fiscal para autónomos 2026: fechas, modelos y plazos — CalculaTuDinero.net

El calendario fiscal de un autónomo en 2026 gira en torno a cuatro citas trimestrales con Hacienda (modelos 303, 130, 111 y 115 según el caso) y varias obligaciones anuales como el resumen de IVA, la declaración de la renta o el modelo 347. Conocer cada plazo y prepararte con antelación evita recargos, sanciones y el estrés de las presentaciones a última hora.

Por qué necesitas un calendario fiscal

Ser autónomo implica ser tu propio departamento de administración. A diferencia de un trabajador por cuenta ajena, nadie retiene ni ingresa impuestos por ti de forma automática. Tú eres responsable de:

  • Calcular y presentar tus declaraciones de IVA e IRPF cada trimestre.
  • Presentar los resúmenes anuales que cuadran con las trimestrales.
  • Comunicar a Hacienda operaciones con terceros que superen ciertos umbrales.
  • Ajustar tu base de cotización en la Seguridad Social según tus ingresos reales.

Un solo plazo incumplido puede suponer un recargo del 1% por cada mes de retraso (sin requerimiento previo) o sanciones del 50% al 150% de la cuota si Hacienda te requiere primero. Con un calendario claro, estos problemas se evitan por completo.

Obligaciones trimestrales: los cuatro modelos clave

Modelo 303 — Autoliquidación de IVA

El modelo 303 es la declaración trimestral de IVA. En él declaras el IVA que has cobrado a tus clientes (repercutido) menos el IVA que has pagado en tus compras y gastos de actividad (soportado). La diferencia es lo que ingresas a Hacienda o, si es negativa, lo que compensas en trimestres posteriores.

¿Quién lo presenta? Todo autónomo que realice actividades sujetas a IVA. Están exentos quienes realizan exclusivamente actividades exentas (sanitarios, formación reglada, seguros, etc.).

Tienes una guía completa sobre cómo rellenarlo en nuestro artículo sobre el modelo 303 de IVA trimestral para autónomos.

Modelo 130 — Pago fraccionado del IRPF

El modelo 130 es el anticipo trimestral del IRPF. Consiste en ingresar el 20% de tu rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero, descontando los pagos anteriores y las retenciones soportadas.

¿Quién lo presenta? Autónomos en estimación directa (normal o simplificada) cuyo porcentaje de ingresos con retención no supere el 70%. Si más del 70% de tus facturas llevan retención del 15%, estás exento.

Consulta todos los detalles del cálculo en nuestro artículo sobre el modelo 130 de IRPF para autónomos.

Modelo 111 — Retenciones a trabajadores y profesionales

El modelo 111 declara las retenciones de IRPF que has practicado a terceros: empleados en nómina, profesionales a los que has pagado facturas con retención y premios.

¿Quién lo presenta? Autónomos que tengan trabajadores contratados o que hayan pagado facturas a profesionales que les aplicaron retención. Si no tienes empleados y no pagas a otros profesionales, no estás obligado.

Modelo 115 — Retenciones por alquiler

El modelo 115 declara las retenciones practicadas sobre los alquileres de locales, oficinas o despachos que uses para tu actividad.

¿Quién lo presenta? Todo autónomo que pague un alquiler de local comercial y esté obligado a retener el 19% al arrendador. No se aplica si tu arrendador tributa por módulos o si pagas menos de 900 €/año al mismo arrendador.

Plazos trimestrales en 2026

Los cuatro modelos trimestrales comparten los mismos plazos de presentación:

TrimestrePeríodo que comprendePlazo de presentación
1TEnero – Marzo1 al 20 de abril de 2026
2TAbril – Junio1 al 20 de julio de 2026
3TJulio – Septiembre1 al 20 de octubre de 2026
4TOctubre – Diciembre1 al 30 de enero de 2027

Nota importante: si el último día del plazo cae en sábado, domingo o festivo, se extiende al siguiente día hábil. La presentación es telemática a través de la sede electrónica de la AEAT con certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico.

El cuarto trimestre tiene un plazo más amplio (hasta el 30 de enero en lugar del 20) porque coincide con la presentación de los resúmenes anuales.

Obligaciones anuales

Además de las cuatro declaraciones trimestrales, los autónomos tienen obligaciones que solo se presentan una vez al año.

Modelo 390 — Resumen anual de IVA

El modelo 390 es el resumen anual del IVA que complementa las cuatro declaraciones trimestrales del modelo 303. Recoge el total de operaciones realizadas durante el año, tanto las sujetas a IVA como las exentas.

  • Plazo: 1 al 30 de enero del año siguiente (se presenta junto al 4T).
  • Quién lo presenta: todos los autónomos obligados a presentar el modelo 303. Están exentos los que tributan en SII (Suministro Inmediato de Información) y los incluidos en el régimen simplificado que presenten la última liquidación del modelo 303 con el resultado anual.

Modelo 100 — Declaración de la renta (IRPF anual)

La declaración anual de la renta donde tributas por todos tus rendimientos del año: actividad económica, trabajo, capital, ganancias patrimoniales.

  • Plazo: 2 de abril al 30 de junio de 2026 (para el ejercicio 2025).
  • Quién lo presenta: todos los autónomos, sin excepción, independientemente de sus ingresos.

Puedes estimar tu resultado con nuestra calculadora de IRPF antes de que abra la campaña.

Modelo 347 — Operaciones con terceros

El modelo 347 informa a Hacienda sobre clientes y proveedores con los que hayas tenido operaciones que superen los 3.005,06 € durante el año (IVA incluido).

  • Plazo: mes de febrero (1 al 28 de febrero de 2027 para el ejercicio 2026).
  • Quién lo presenta: autónomos y empresas que hayan superado ese umbral con al menos un cliente o proveedor. No lo presentan los que tributan en SII ni los acogidos al régimen de módulos que ya declaren ingresos y gastos en el modelo 347.

Modelo 349 — Operaciones intracomunitarias

Si compras o vendes bienes o servicios a empresas de otros países de la Unión Europea, debes informar de estas operaciones.

  • Plazo: mensual o trimestral, según el volumen de operaciones. Trimestral si las entregas intracomunitarias no superan los 50.000 € en el trimestre en curso ni en los cuatro anteriores.
  • Quién lo presenta: autónomos que realicen operaciones con empresas de la UE sujetas a reglas de inversión del sujeto pasivo.

Calendario resumen: todas las fechas de 2026

Fecha límiteModeloConcepto
20 de enero303, 130, 111, 115 (4T 2025)Trimestrales del 4T del año anterior
30 de enero390Resumen anual de IVA del año anterior
28 de febrero347Operaciones con terceros del año anterior
20 de abril303, 130, 111, 115 (1T)Trimestrales del 1er trimestre
30 de junio100Declaración de la renta (ejercicio 2025)
20 de julio303, 130, 111, 115 (2T)Trimestrales del 2º trimestre
20 de octubre303, 130, 111, 115 (3T)Trimestrales del 3er trimestre
30 de enero 2027303, 130, 111, 115 (4T)Trimestrales del 4º trimestre
30 de enero 2027390Resumen anual de IVA de 2026

Seguridad Social: regularización según ingresos reales

Desde 2023, los autónomos cotizan en función de sus rendimientos netos reales, distribuidos en 15 tramos de cotización. Esto implica dos obligaciones adicionales:

Ajuste de base de cotización

Puedes (y debes) cambiar tu tramo de cotización hasta 6 veces al año a través del portal Import@ss si tus ingresos varían significativamente. Los cambios se hacen efectivos:

Solicitud antes delEfectivo desde
28/29 de febrero1 de marzo
30 de abril1 de mayo
30 de junio1 de julio
31 de agosto1 de septiembre
31 de octubre1 de noviembre
31 de diciembre1 de enero del año siguiente

Regularización anual

Una vez presentada la declaración de la renta, la Seguridad Social compara lo que has cotizado con tus rendimientos reales. Si cotizaste por un tramo inferior al que te correspondía, te reclamarán la diferencia. Si cotizaste por encima, te devolverán el exceso.

Calcula tu tramo y cuota con la calculadora de cuota de autónomos.

Novedades fiscales en 2026

Cotización por ingresos reales consolidada

El sistema de 15 tramos, que arrancó en 2023, está ya plenamente consolidado en 2026. Las bases mínimas y máximas de cada tramo se han actualizado ligeramente respecto a 2025, y la Seguridad Social aplica la regularización anual de forma automática.

Factura electrónica obligatoria

La implantación de la factura electrónica entre autónomos y empresas avanza. Aunque los plazos exactos dependen del desarrollo reglamentario de la Ley Crea y Crece, se espera que los autónomos con facturación superior a 8 millones deban usar factura electrónica en 2026 y el resto en los siguientes ejercicios. Mantente informado por si afecta a tu actividad.

Tipos de cotización

El tipo general de cotización para autónomos en 2026 se mantiene en el 31,30%, que incluye contingencias comunes, profesionales, cese de actividad y formación profesional. La cuota mínima del tramo 1 se sitúa en torno a los 200 €/mes.

Consejos para no saltarte ningún plazo

1. Programa recordatorios

Configura alarmas 7 y 3 días antes de cada fecha límite. Las aplicaciones de calendario del móvil, Google Calendar o herramientas como Todoist funcionan perfectamente para esto. Lo importante es que el aviso te llegue con tiempo suficiente para preparar la documentación.

2. Lleva la contabilidad al día

Si registras ingresos y gastos cada semana (o al menos cada mes), preparar las trimestrales es cuestión de minutos. Si lo dejas todo para el último momento, te enfrentarás a horas de trabajo acumulado con el plazo encima.

3. Usa un software de facturación

Herramientas como Holded, Quipu, Billin o Contasimple automatizan el cálculo de IVA e IRPF, generan los borradores de los modelos y te recuerdan los plazos. Muchas tienen planes gratuitos para autónomos con pocas facturas.

4. Considera contratar una gestoría

Si tu actividad es compleja (empleados, operaciones intracomunitarias, varios epígrafes de IAE), el coste mensual de una gestoría (entre 60 y 150 €/mes habitualmente) puede ahorrarte mucho más en errores, sanciones y tiempo perdido.

5. Planifica tu facturación

Conocer tus obligaciones fiscales te permite fijar precios que cubran todos tus costes. Usa la calculadora de cuánto facturar como autónomo para estimar cuánto necesitas cobrar teniendo en cuenta IVA, IRPF y cuota de autónomos.

Qué pasa si se te pasa un plazo

Si presentas fuera de plazo sin requerimiento previo de Hacienda, se aplica un recargo:

RetrasoRecargo
Hasta 1 mes1%
1 a 2 meses2%
2 a 3 meses3%
(…)+1% por mes
Hasta 12 meses12%
Más de 12 meses15% + intereses de demora

Si Hacienda te requiere antes de que presentes, la sanción es del 50% al 150% de la cuota, dependiendo de la gravedad y la reincidencia. Por eso es fundamental presentar siempre, aunque sea fuera de plazo: el recargo voluntario es mucho menor que la sanción por requerimiento.

Planifica tu año fiscal completo

Un autónomo organizado ahorra dinero. Conocer los plazos, automatizar las tareas repetitivas y calcular tus obligaciones con antelación marca la diferencia entre un negocio sostenible y uno que vive apagando fuegos fiscales.

Si estás empezando, consulta los requisitos de la tarifa plana de autónomos y los gastos deducibles como autónomo para optimizar tu fiscalidad desde el primer día.