IVA trimestral para autónomos: cómo rellenar el modelo 303 — CalculaTuDinero.net
El modelo 303 es la declaración trimestral de IVA que todo autónomo debe presentar ante Hacienda. Su mecánica es sencilla: restas el IVA que has pagado a tus proveedores (IVA soportado) del IVA que has cobrado a tus clientes (IVA repercutido). Si el resultado es positivo, ingresas la diferencia a Hacienda; si es negativo, la compensas en trimestres posteriores o solicitas devolución en el cuarto trimestre.
Plazos de presentación
Los plazos del modelo 303 son estrictos y no cambian de año en año:
| Trimestre | Período | Plazo de presentación |
|---|---|---|
| 1T | Enero - Marzo | 1 al 20 de abril |
| 2T | Abril - Junio | 1 al 20 de julio |
| 3T | Julio - Septiembre | 1 al 20 de octubre |
| 4T | Octubre - Diciembre | 1 al 30 de enero del año siguiente |
Si el último día cae en fin de semana o festivo, el plazo se extiende al siguiente día hábil. La presentación es exclusivamente telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.
Conceptos clave: IVA repercutido vs soportado
IVA repercutido es el IVA que cobras a tus clientes en tus facturas. Si emites una factura de 1.000 € + 21% de IVA, cobras 210 € de IVA que no son tuyos, sino de Hacienda.
IVA soportado es el IVA que pagas en tus compras y gastos de actividad. Si pagas 100 € + 21 € de IVA por un software para tu negocio, esos 21 € son IVA soportado deducible.
Solo puedes deducir el IVA soportado que esté directamente relacionado con tu actividad económica y que cuente con factura completa a tu nombre.
Casillas principales del modelo 303
El formulario tiene muchas casillas, pero como autónomo en régimen general solo necesitas rellenar unas pocas:
IVA devengado (repercutido):
- Casilla 01: base imponible de operaciones al 21%
- Casilla 02: tipo impositivo (21)
- Casilla 03: cuota de IVA repercutido al 21%
- Casillas 04-06: operaciones al 10% (si las tienes)
- Casillas 07-09: operaciones al 4% (si las tienes)
IVA deducible (soportado):
- Casilla 28: base imponible de gastos corrientes
- Casilla 29: cuota de IVA soportado deducible
Resultado:
- Casilla 46: total IVA devengado (suma de cuotas repercutidas)
- Casilla 64: total IVA deducible (suma de cuotas soportadas)
- Casilla 65: resultado (casilla 46 - casilla 64)
Ejemplo práctico completo
Laura es diseñadora freelance. En el primer trimestre de 2026:
Facturas emitidas (IVA repercutido):
| Factura | Base imponible | IVA 21% |
|---|---|---|
| Cliente A | 3.000 € | 630 € |
| Cliente B | 2.000 € | 420 € |
| Cliente C | 1.500 € | 315 € |
| Total | 6.500 € | 1.365 € |
Gastos con factura (IVA soportado):
| Gasto | Base imponible | IVA 21% |
|---|---|---|
| Ordenador nuevo | 900 € | 189 € |
| Software Adobe | 150 € | 31,50 € |
| Material oficina | 80 € | 16,80 € |
| Teléfono móvil (50%) | 120 € | 25,20 € |
| Total | 1.250 € | 262,50 € |
Resultado del modelo 303:
- IVA repercutido: 1.365,00 €
- IVA soportado deducible: 262,50 €
- A ingresar: 1.102,50 €
Laura debe pagar 1.102,50 € a Hacienda antes del 20 de abril. Comprueba los cálculos de IVA de tus facturas con la calculadora de IVA.
Errores habituales
- Deducir IVA de gastos personales: solo puedes deducir gastos vinculados a tu actividad
- Deducir IVA sin factura completa: un tique simplificado sin tu NIF no permite deducción de IVA
- Olvidar los plazos: la presentación fuera de plazo conlleva recargos del 1% por cada mes de retraso (sin requerimiento previo)
- No compensar resultados negativos: si un trimestre te sale a devolver, puedes compensarlo en los siguientes trimestres del mismo año
Planifica tus ingresos y gastos trimestrales para evitar sorpresas. Si quieres saber cuánto necesitas facturar para alcanzar tu objetivo de ingresos netos, usa la calculadora de facturación para autónomos.