Mínimo personal y familiar en el IRPF 2026 — CalculaTuDinero.net
El mínimo personal y familiar es la cantidad de renta que el IRPF deja exenta de tributación por considerarse necesaria para cubrir las necesidades básicas del contribuyente y su familia. En 2026, el mínimo del contribuyente es de 5.550 euros anuales, que se incrementa por edad (mayores de 65 y 75 años) y por cada descendiente, ascendiente o persona con discapacidad a cargo. Aplicar correctamente estos mínimos puede suponer un ahorro de varios cientos de euros en la declaración.
Mínimo del contribuyente
Todo declarante del IRPF tiene derecho a un mínimo personal de 5.550 € anuales. Esta cantidad se incrementa por edad:
| Situación | Cuantía adicional |
|---|---|
| Contribuyente mayor de 65 años | + 1.150 € (total: 6.700 €) |
| Contribuyente mayor de 75 años | + 1.400 € (total: 8.100 €) |
Estos incrementos son acumulativos: un contribuyente de 76 años tiene un mínimo personal de 8.100 € (5.550 + 1.150 + 1.400).
Mínimo por descendientes
Se aplica por cada hijo, nieto o bisnieto menor de 25 años (o con discapacidad independientemente de la edad) que conviva con el contribuyente y no tenga rentas anuales superiores a 8.000 € ni presente declaración individual con rentas superiores a 1.800 €.
| Descendiente | Cuantía anual |
|---|---|
| Primer hijo | 2.400 € |
| Segundo hijo | 2.700 € |
| Tercer hijo | 4.000 € |
| Cuarto y siguientes | 4.500 € |
Incremento por menor de 3 años: cada descendiente menor de 3 años genera un incremento adicional de 2.800 €, que también se aplica en el año de adopción o acogimiento, independientemente de la edad del menor.
Ejemplo: familia con 2 hijos (8 y 2 años). Mínimo por descendientes: 2.400 + 2.700 + 2.800 (menor de 3) = 7.900 €. En declaración conjunta se aplica íntegro; en individual, se reparte entre ambos progenitores al 50%.
Mínimo por ascendientes
Se aplica por cada ascendiente (padre, abuelo) mayor de 65 años o con discapacidad que conviva con el contribuyente al menos la mitad del año y no tenga rentas superiores a 8.000 €.
| Situación | Cuantía |
|---|---|
| Ascendiente mayor de 65 años | 1.150 € |
| Ascendiente mayor de 75 años | + 1.400 € (total: 2.550 €) |
Si el ascendiente convive con varios contribuyentes (por ejemplo, dos hermanos), la cuantía se reparte a partes iguales.
Mínimo por discapacidad
Se aplica al propio contribuyente o a los descendientes y ascendientes con discapacidad:
| Grado de discapacidad | Cuantía |
|---|---|
| Discapacidad ≥ 33% y < 65% | 3.000 € |
| Discapacidad ≥ 65% | 9.000 € |
| Gastos de asistencia (movilidad reducida o ≥ 65%) | + 3.000 € |
El mínimo por discapacidad se suma al mínimo personal o al de descendientes/ascendientes, según corresponda.
¿Cómo funciona técnicamente el mínimo?
El mínimo personal y familiar no se resta de la base imponible. Se aplica de una forma más favorable: se calcula la cuota tributaria que correspondería al mínimo aplicando los tramos del IRPF (estatal + autonómico) y esa cuota se resta de la cuota íntegra del contribuyente. Esto significa que el ahorro real depende del tipo marginal.
Para un mínimo total de 5.550 €, el ahorro fiscal efectivo es de aproximadamente 1.027 € (aplicando los tipos del primer tramo estatal y autonómico).
Calcula el impacto en tu declaración
El mínimo personal y familiar interactúa con las reducciones, deducciones autonómicas y el tipo marginal de cada contribuyente. Para ver el efecto concreto en tu caso, usa la calculadora de IRPF donde puedes introducir tu situación familiar completa.
Si eres trabajador por cuenta ajena, también puedes verificar que tu empresa aplica correctamente los mínimos en tu retención con la calculadora de salario neto. Y para una visión más amplia de los tramos impositivos, consulta nuestro artículo sobre los tramos del IRPF 2026.
Cálculo orientativo. No sustituye asesoramiento profesional.